Primer Foro RDF – Facultades de la CNBV sobre Firmas Electrónicas

Rocío Robles, Directora Adjunta de Regulación Estructural de la CNBV, cerró el evento platicándonos de las facultades de la CNBV, haciendo una gran aclaración que las entidades financieras sí pueden firmar electrónicamente documentos con sus clientes. La CNBV no tiene facultades para juzgar sobre el tipo de tecnología utilizada para firmar documentos, si no de supervisar que las entidades financieras cuenten con los documentos requeridos. Asimismo, la normatividad vigente autoriza de manera expresa que las entidades financieras sí pueden firmar electrónicamente cualquier solicitud, comunicación, autorización y contrato con sus clientes. En caso de una auditoría y de contar con dichos documentos almacenados de manera digital, los auditores no pueden exigir que se encuentren impresos y firmados con pluma.

Por último, Rocío nos platicó acerca de la recientemente publicada Ley Fintech y las obligaciones que deben de cumplir las empresas que se dediquen al crowdfunding, así como los avances de la Comisión para facilitar las transferencias en línea y medios de contratación digital. Estos avances incluyen la posibilidad de llevar a cabo videollamadas y utilizar medios biométricos para identificar a sus clientes.


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